guarda de caza
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Duración
60 Horas
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Modalidad
50% Presencial
Asistencia Obligatoria
Instancias de solicitud, liquidación de tasas y convocatoria a pruebas
Plazos y formalidades
| Convocatoria | Periodo de Presentación de Instancias | Fechas de las pruebas |
|---|---|---|
| Primera | Del 1 al 20 de marzo de 2025 | Mayo de 2025 |
| Segunda | Del 1 al 20 de septiembre de 2025 | Noviembre de 2025 |
Las fechas de la realizacion de las pruebas es orientativa y podría sufrir variaciones por causa ajenas a la unidad encargada de la gestión.
La solicitud de admisión a este proceso se realizará por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https:// sede.guardiacivil.gob.es/), seleccionando Seguridad Privada y el procedimiento de «Admisión a pruebas de selección para Guardas Rurales y sus Especialidades». Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma Cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente).
Durante el proceso de inscripción telemático se deberá abonar la Tasa Código 015 «Tasa por prestación de servicios y actividades en materia de seguridad privada».
Este abono se podrá realizar por cualquiera de estos dos medios:
- a) Mediante la pasarela de pagos habilitada en la sede electrónica.
- b) Adjuntando en sede electrónica el «ejemplar para la Administración» del impreso modelo 790, Código 015 «Tasa por prestación de servicios y actividades en materia de seguridad privada» una vez efectuado el pago en una entidad bancaria.
Este impreso se puede descargar desde el siguiente enlace: https://pagotasas.guardiacivil.es/790/index_SEGURIDAD.faces (enlace válido únicamente para la cumplimentación del documento. Será necesario efectuar el pago en una entidad bancaria).
La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva consigo la autorización del interesado para que el Servicio de Protección y Seguridad recabe, mediante plataformas de intermediación electrónica, sus datos de identidad, los antecedentes penales que pudieran obrar a su nombre, así como todos aquellos datos y documentos necesarios para la tramitación del presente procedimiento que ya obren en poder de la Administración. En caso de no consentimiento u oposición expresa por parte del interesado, este deberá aportar al procedimiento la documentación pertinente.
Información básica en protección de datos de carácter personal: Los datos recogidos mediante esta solicitud serán tratados de conformidad con la normativa vigente en materia de tratamiento de datos de carácter personal y en particular conforme establece el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, se incorporarán a la actividad de tratamiento de la Dirección General de la Guardia Civil en el fichero SEGPRIVA, cuyo responsable es el Servicio de Protección y Seguridad, calle Batalla del Salado, 32, 28045 Madrid. El tratamiento es necesario en el ejercicio de poderes públicos conferidos al Servicio de Protección y Seguridad como responsable del Tratamiento. La finalidad del fichero es realizar los trámites necesarios para la habilitación profesional de los guardas rurales y sus especialidades así como aquellas otras competencias que le otorga la normativa de seguridad privada. No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. Podrá ejercer el derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición de sus datos incorporados a dicho fichero, ante el Ilmo. Sr. Coronel Jefe del SEPROSE mediante, los procedimientos BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 245 Miércoles 12 de octubre de 2022 Sec. III. Pág. 139318 cve: BOE-A-2022-16676 Verificable en https://www.boe.es habilitados en la Sede Electrónica, correo ordinario enviado a la dirección anteriormente señalada o en el correo electrónico: dg-seprose-segprivada@guardiacivil.org. Del mismo modo, tiene derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
Convocatoria a pruebas: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal calificador aprobará mediante Acuerdo la lista de participantes convocados a la realización de las pruebas y la fecha de celebración de las mismas. Este acuerdo se hará público, en las secciones «Tablón de Anuncios» y «Seguridad Privada» de la página web institucional www.guardiacivil.es y en la sección «Servicios al Ciudadano – Procesos Selectivos» de la página web del Ministerio del Interior www.interior.gob.es.
Asimismo, los interesados podrán obtener cualquier tipo de información concerniente a este proceso selectivo a través del Departamento de Formación del Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil, mediante la cuenta de correo electrónico: dg-seprosesegprivada@guardiacivil.org.
Información sobre el curso
Los Guardas de Caza y Pesca fluvial, una especialidad del guarda rural, son los encargados de la gestión cinegética, el control y la vigilancia en los cotos tanto de caza como de pesca fluvial en España, de realizar la inspección a los cazadores sobre documentación y armas, controlar del furtivismo, la protección de la caza en época de veda frente a los cazadores, el sacrificio de animales y reses en caso de declaración oficial de epizootia, el control de predadores, la preparación de monterías y esperas nocturnas, la colocación de entablillado para funciones disuasorias, así como prevenir e impedir cualquier tipo de falta o delito dentro del coto, teniendo colaboración directa con las fuerzas y cuerpos de seguridad, en los casos previstos.
Los aspirantes a las pruebas de selección que convoca la Secretaria de Estado de Seguridad, cuya superación habilitará para la profesión, previa expedición de la TIP, tendrán que superar la Formación de los módulos o Áreas, mediante Centros Homologados y Acreditados por dicho Ministerio.
Por su parte, los aspirantes a las especialidades de guarda de caza y guardapesca marítimo deberán superar los módulos específicos para la especialidad correspondiente, establecidos por la Secretaría de Estado de Seguridad.
Para ser admitidos a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir, antes de la finalización del respectivo plazo de presentación de instancias previsto en el apartado 2.1.1 de la presente convocatoria, los siguientes requisitos:
- a) Ser mayor de edad.
- b) Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
- c) Estar en posesión de título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales o superiores.
- d) Poseer la aptitud psicofísica necesaria para el ejercicio de las funciones de guarda rural, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas, y para prestar servicios de seguridad privada.
- e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- f) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, vulneración del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores.
- g) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.
- h) No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
- i) Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos específicos en los centros de formación dirigidos a los guardas rurales y sus especialidades.
1.3 Carencia de requisitos.–Si en algún momento del procedimiento, desde la publicación de la lista de convocados hasta la publicación de la lista de los declarados aptos, se tuviera conocimiento de que algún participante no posee la totalidad de los requisitos exigidos en las bases de la presente convocatoria, el Tribunal calificador acordará su exclusión, comunicando, en su caso, a la Secretaría de Estado de Seguridad, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiera lugar.
Si de la carencia de alguno de los requisitos se tuviere conocimiento entre la publicación de la Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad por las que se hacen públicas las listas de los declarados aptos y la notificación de la habilitación con la expedición de la correspondiente Tarjeta de Identidad Profesional, el órgano competente para la expedición de dicho documento profesional, previa audiencia del interesado, resolverá su inhabilitación, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiera lugar.
Pruebas
Lugar y fecha de realización de las pruebas
Las pruebas se realizarán en Madrid. En el acuerdo por el que se apruebe la lista de los participantes convocados a las pruebas se indicará el lugar concreto así como la fecha y hora en que se llevarán a cabo las mismas. Dicho acuerdo será expuesto al público del modo que se especifica en la base 2.2.
Para favorecer la mecánica de las pruebas, el Tribunal calificador podrá disponer que determinados ejercicios, o parte de los mismos, se realicen en la misma fecha o en unidad de acto, así como, excepcionalmente por causas graves justificadas, alterar el orden de las pruebas. Sin embargo, sólo se entrará a evaluar cada una respecto de quienes hayan aprobado la anterior.
Llamamiento
Los participantes serán convocados en un único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, cualquiera que sea la causa que pueda alegarse al respecto.
Identificación de los participantes
Al comparecer a las pruebas, los participantes de nacionalidad española deberán llevar consigo el Documento Nacional de Identidad; los extranjeros, su Tarjeta de Residencia o de Identidad o, en su defecto, el pasaporte. La presentación de estos documentos podrá ser exigida en cualquier momento del proceso selectivo. Serán excluidos quienes no presenten alguno de estos documentos.
Descripción de las pruebas
Quienes hayan sido convocados a examen para obtener la habilitación como guardas rurales realizarán dos pruebas de carácter eliminatorio
Prueba Teórica
A) Primera prueba (prueba de conocimientos teórico-prácticos): consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de sesenta (60) preguntas, ajustadas al programa que figura en el punto 1.1 del anexo 1 «Guardas Rurales» de la Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, modificada por la Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, en lo relativo a la formación previa de los Guardas Rurales y sus especialidades, la Resolución de 31 de julio de 2012. Así mismo, lo incluido en el apéndice III de la presente convocatoria, que establece determinadas materias objeto de formación previa, con ocasión de las novedades funcionales establecidas por la entrada en vigor de la Ley 5/2014, de 04 de abril, de Seguridad Privada. Además, se contestarán tres (3) preguntas reserva que figuran en el citado cuestionario. El tiempo para la realización de esta prueba será de sesenta y tres (63) minutos. Las preguntas de reserva, solamente, serán valoradas en el caso de que el Tribunal calificador anule alguna pregunta y siempre siguiendo el orden establecido en el cuadernillo.
Este ejercicio se calificará a razón de un (1) punto por respuesta correcta. Para ser declarado apto, el personal aspirante deberá obtener como mínimo la mitad de los puntos (30 puntos), teniendo en cuenta que las respuestas contestadas erróneamente no restan puntuación alguna.
Prueba Física
B) Segunda prueba (prueba de aptitud física): consistirá en la realización de los ejercicios descritos en el punto 2 del anexo 1 «Pruebas de preparación física» de la Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la Resolución de 31 de julio de 2012. Deberán superarse las marcas y tiempos establecidos en el punto citado, teniendo en cuenta que la no superación de alguna de las marcas o tiempos, supondrá la eliminación inmediata. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto».
Para su realización, el personal aspirante vendrá provisto de atuendo deportivo y de tarjeta sanitaria en vigor. Asimismo, antes de la realización de las pruebas de aptitud física, deberán entregar al Tribunal calificador un certificado médico oficial expedido dentro de los quince días anteriores a la fecha de la realización de las pruebas de aptitud física, en el que se haga constar de forma concreta y expresa que el personal aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas, tal como se describe en el apéndice II. La no presentación de dicho documento en los términos expuestos, supondrá la exclusión de la persona aspirante del proceso selectivo
Supeditación de la calificación de pruebas de especialidad
Los que se presenten en la misma convocatoria a las pruebas para guardas rurales y a las de alguna de sus especialidades realizarán todas aquellas a las que hayan sido convocados, si bien deberán haber superado las de guarda rural para que les sean calificadas las de las especialidades.
Acuerdo del Tribunal Calificador
Finalizadas las pruebas de aptitud de cada convocatoria del punto 2.1, se hará público el Acuerdo del Tribunal calificador con la relación de participantes que las hayan superado, quienes serán declarados aptos provisionalmente. Los interesados podrán obtener esta información en las vías señalados en la base 2.2.
Temario guarda de caza: unidad de competencia 3
Área Jurídica
Tema 1. Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza: Finalidad. Acción de cazar. El cazador. Las piezas de caza. Las armas de caza. Terrenos cinegéticos. Clasificación. Terrenos cinegéticos de aprovechamiento común. Terrenos cinegéticos de aprovechamiento especial. Caza en Parques Nacionales. Refugios de caza. Reservas nacionales de caza. Zonas de seguridad. Terrenos sometidos a régimen de caza controlada. Cotos de caza. Terrenos cercados. Protección de los cultivos. Propiedad de las piezas de caza. Vedas y otras medidas protectoras. Caza con fines industriales y comerciales. Perros y caza. Aves anilladas. Monterías. Limitaciones y prohibiciones dictadas en beneficio de la caza. Conducción y suelta de piezas de caza. Responsabilidad por daños. Inclusión de medidas de evitación de los daños por parte de las especies cinegéticas. Las medidas de autoprotección, el control poblacional, el papel de los predadores en el control de las especies dañinas, la valoración y peritación de los daños. Licencias de caza. Matrículas y precintos. Cuidado y policía de la caza. Delitos y faltas a la Ley de Caza. Infracciones administrativas: Definición, clasificación y sanciones. Competencia y procedimiento sancionador. Comisos y retirada de armas. Seguro obligatorio y seguridad en las cacerías.
Tema 2. Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales: Disposiciones generales. Tenencia y convivencia responsable con animales. Empleo de animales en actividades culturales y festivas. Inspección y vigilancia. Régimen Sancionador.
Tema 3. Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Conservación de la biodiversidad. Conservación in situ de la biodiversidad autóctona silvestre: Garantía de conservación de especies autóctonas silvestres, prohibiciones para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. Catálogo Español de Especies Amenazadas, efectos de la inclusión en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, excepciones. Protección de las especies en relación con la caza y la pesca continental. Infracciones: Tipificación y clasificación de las infracciones. Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, efectos de la inclusión en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, identificación de las mismas, medidas de control, el papel de la caza en el control de las especies exóticas invasoras.
Tema 4. La actividad del silvestrismo: Regulación legal europea, nacional y autonómica. Directrices técnicas para la captura de especies.
Tema 5. Ley de 20 de febrero de 1942 por la que se regula el fomento y conservación de la pesca fluvial: Especies objeto de pesca. Dimensiones mínimas. Vedas. Prohibiciones por razón de sitio. Redes, artificios y procedimientos de pesca prohibidos. Concepto jurídico de la pesca. Licencias. Guardería. Procedimiento y sanciones: Competencia. Denuncias. Infracciones.
Área Técnico-Profesional
Tema 6. Caza menor. Caza mayor.
Tema 7. Modalidades de caza: En caza mayor, caza menor, aves acuáticas, cetrería, tradicionales.
Tema 8. Armas de caza: Tipos, calibres y municiones.
Tema 9. Los predadores.
Tema 10. Especies cinegéticas: Morfología y biología, necesidades, hábitat, enfermedades. Distribución geográfica, dinámicas poblacionales, temporalidad, cría en cautividad, control de poblaciones, suelta y repoblación.
Tema 11. Federaciones y sociedades de cazadores: Características. Reglamentación. Funcionamiento.
Área de prácticas
PRUEBAS PREPARACIÓN FÍSICA: las especialidades de Guarda de Caza carecen de pruebas físicas específicas. Caza menor. Caza mayor.
Modalidad del Curso
Este curso es de tipo semipresencial con una duración de 60 horas. Con él se obtendrán todos los conocimientos necesarios para poder superar con éxito las pruebas oficiales convocadas por el Ministerio del Interior y así poder obtener la Tarjeta de Identificación Personal (TIP), que acredita para desempeñar funciones de Guardapesca Marítimo
Al finalizar el curso se les hace entrega de un dossier con test de exámenes que con la colaboración de nuestro personal especializado, hemos confeccionado.
Con tutorías , hasta la presentación a convocatoria.
Al igual que la asistencia a curso posteriores, hasta la convocatoria de presentación del alumno.
